Según la ley 599 de 2000 es ilegal la comercialización de flora y fauna silvestre y según la ley 63 de 1986 esta prohibido la comercialización de bienes culturales. en caso de incumplimiento asumirá las consecuencias legales a las que haya lugar. Cumplimos con todas las normas de Bioseguridad exigidas por los entes de control conforme a la resolución 1285 de 2020 y 666 de 2020 y previa autorización de la alcaldía de Armenia Quindio